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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOBEFU
Título VI
DISPOSICIONES ESPECIALES PARA LOS FUNCIONARIOS DEL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONOMICO E INTEGRACION REGIONAL
Capítulo IV
Del Beneficio Especial/ Subsidio de Retiro Incentivado para Funcionarios del Servicio de Casinos
Nota:

La Resolución número 4812/11 de 19 de octubre de 2011 reglamenta los artículos 47 a 56 del Decreto Nº 33.753, la Resolución número 5605/11 de 5 de diciembre de 2011 modifica el artículo 3 de la reglamentación dispuesta en la Resolución número 4812/11 y a su vez la Resolución número 211/12 de 16 de enero de 2012 modifica en el artículo 3 los literales d) y e) de la reglamentación referida.


Artículo 402 ._

Los funcionarios comprendidos en este régimen:

a. Que sean mayores de 64 años al 1º de febrero de 2011, percibirán hasta 16 compensaciones mensuales y no más allá de que el funcionario cumpla 70 años de edad.

b. Que se encuentren entre los 60 a los 64 años cumplidos al 1º de febrero de 2011 percibirán hasta 18 compensaciones mensuales.

c. Que sean menores de 60 años al 1º de febrero de 2011, percibirán 21 compensaciones mensuales.

FuenteObservaciones
art. 48
inc. 3
art. 3
La Res.IMM Nº 294/09 de 26 de enero de 2009, ampliada por la Res.IMM Nº 3956/09, de 17/09/09, aprobó la reglamentación del Decreto No. 32.771.
Nota: