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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOBEFU
Título V
DE LOS BENEFICIOS SOCIALES
Capítulo I
Del Seguro de Salud de los Funcionarios del Gobierno Departamental de Montevideo
 IV. De la Comisión Administradora del Seguro de Salud

Artículo 241.4 ._

Respecto de la adquisición de lentes por parte de los funcionarios de la Intendencia, seguirá rigiendo la Resolución No. 2.422/91 de fecha 20 de mayo de 1991 y sus modificativas.

FuenteObservaciones
num. 2