La partida creada por el Art. 51 del Decreto No. 24.706 en la redacción dada por el Decreto No. 24.754 de la Junta Departamental, se ajustaría en ocasión de los ajustes salariales cuatrimestrales y en la misma proporción.
Las partidas creadas por los Arts. 48, 49 y 50 del Decreto No. 24.706 en la redacción dada por el Decreto No. 24.754 podrán unificarse a efectos de mantener un nivel equitativo de compensación entre los funcionarios beneficiarios de las mismas.
La administración reglamentará la distribución de las partidas a que se refiere el inciso anterior, atendiendo a la asistencia, dedicación y calificación de méritos de los funcionarios beneficiarios.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
DE LAS COMPENSACIONES ESPECIALES EN ATENCION A LA TAREA DESARROLLADA
Ver Res.IM Nº 583/12 de 06/02/12 que aprueba el Protocolo de Consideración de situaciones generadas en procesos de Evalucación Inicial, Evaluación de Desempeño y Calificación General. Y sus modificaciones en el num. 3 de la Res. IM Nº 2948/18.
Por Res. IM Nº 0590/21 de fecha 01 de febrero de 2021, se convalida el Acuerdo Bipartito celebrado con ADEOM, con fecha 15 de enero de 2021, y se crea una compensación con el objeto de resarcir -de forma ficta- los eventuales gastos derivados del trabajo a distancia, relacionados con los medios vinculados al desarrollo de la actividad.
Por Res. IM Nº 0441/23 de 19/01/23 se aprueba el Régimen de trabajo del Servicio Central de Locomoción estableciendo una Partida de Asistencia Única para los funcionarios comprendidos en este Régimen. El plazo de dicho Régimen se prorroga a partir del 1º de Enero de 2024 hasta el 31 de Diciembre de 2024 por Res. IM Nº 0973/24 de 27/02/24, incorporando además la Partida de Ómnibus.
De las Partidas Anuales para los Funcionarios de las Oficinas de Personal Delegadas, de la Sección Retribuciones Personales de la Contaduría General y de la División Planeamiento Presupuestal
Fuente | Observaciones | |
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art. 51 |
-Por Dto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 38.782 de fecha 5 de agosto de 2024, se modifico el inciso segundo del artículo 50 del Decreto Nº. 25.226, de 18 de octubre de 1991.