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TOBEFU
Título II
DE LAS COMPENSACIONES ESPECIALES EN ATENCION A LA TAREA DESARROLLADA
Nota:

Ver Res.IM Nº 583/12 de 06/02/12 que aprueba el Protocolo de Consideración de situaciones generadas en procesos de Evalucación Inicial, Evaluación de Desempeño y Calificación General. Y sus modificaciones en el num. 3 de la Res. IM Nº 2948/18.

Por Res. IM Nº 0590/21 de fecha 01 de febrero de 2021, se convalida el Acuerdo Bipartito celebrado con ADEOM, con fecha 15 de enero de 2021, y se crea una compensación con el objeto de resarcir -de forma ficta- los eventuales gastos derivados del trabajo a distancia, relacionados con los medios vinculados al desarrollo de la actividad.

Por Res. IM Nº 0441/23 de 19/01/23 se aprueba el Régimen de trabajo del Servicio Central de Locomoción estableciendo una Partida de Asistencia Única para los funcionarios comprendidos en este Régimen. El plazo de dicho Régimen se prorroga a partir del 1º de Enero de 2024 hasta el 31 de Diciembre de 2024 por Res. IM Nº 0973/24 de 27/02/24, incorporando además la Partida de Ómnibus.

Capítulo IX
De la Compensación por Tareas de Riesgo

Artículo 115.2 ._

La distribución se hará mensualmente, en proporción a las jornadas trabajadas en el mes, a partir del día 1 de enero de 1991, entre los funcionarios que cumplan las siguientes tareas de riesgo:
a) Servicio de Alumbrado Público: tareas de altura y/o tensión eléctrica que se realicen a diez o más metros de altura y a 220 voltios o más;
b) Servicio de Divulgación Científica (exParques Zoológicos): cuidadores de animales considerados feroces;
c) Servicio de Saneamiento: personal afectado a trabajos en la red de saneamiento cuyas tareas efectivas incluyen:
I) limpieza de grandes colectores; II) reconstrucción de hundimientos de colectores importantes, preferentemente en la red Arteaga, III) desobstrucción de colectores circulares, con ingreso a las cámaras de Registro, mediante la utilización de equipo de Ridgid Kollman 1000;
d) Servicio de Paseos Públicos: podadores de altura;
e) Servicio de Ingeniería de Tránsito, Señalización: riesgo de altura y/o tensión eléctrica igual o superior a los 220 voltios;
f) Servicio de Recolección de Residuos: personal afectado a la recolección de los residuos hospitalarios;
g) Necropcias: personal afectado al levante de animales muertos en la vía pública.

FuenteObservaciones
num. 2