(Categoría Obrera y de Oficio, de los sectores de Arbolado y de Producción del Servicios de Areas Verdes) Facúltase al Intendente a incorporar hasta 180 funcionarios pertenecientes a la Categoría Obrera y de Oficio, de los sectores de Arbolado y Producción del Servicio de Areas Verdes, al régimen de 6º día de trabajo y a la compensación correspondiente. Esta disposición podrá hacerse efectiva a partir de la fecha de promulgación del presente decreto.
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Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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