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TOBEFU
Título III
DE LOS REGIMENES EXTRAORDINARIOS DE TAREAS
Capítulo IV
Del Régimen de Sexto Día de Labor

Artículo 144.11 ._

(Funcionarios: del Servicio de Conservación de Saneamiento de las categorías Obrera y Oficios, Administrativa, Especializada y Profesional) Facúltase al Intendente a incorporar al régimen de 6º día de trabajo y a su correspondiente compensación, a los funcionarios del Servicio de Conservación de Saneamiento pertenecientes a las cuadrillas operativas afectadas a la red de saneamiento. Asimismo podrán incorporarse a dicho régimen funcionarios de las categorías Obrera y de Oficios, Administrativa, Especializada y Profesional B, pertenecientes al mismo Servicio dentro del siguiente límite: 6 funcionarios de cancha para carga y descarga de materiales, 1 de Control de Puerta; 1 telefonista; 1 de Equipo de Radio; 2 de Almacén; 3 de Mecánica y Auxilio; 1 de Locomoción; 1 de Limpieza; 1 de Oficinas de Conexiones y 3 de Oficina de Mantenimiento.

FuenteObservaciones
art. 49