(Funcionarios de las Categorías Obrera y de Oficios, Administrativa y Especializada, del Servicio Central de Locomoción) Establecer que a partir del 1 de enero de 1996, los funcionarios de las Categorías Obrera y de Oficios, Administrativa y Especializada, que a continuación se mencionan, quienes se desempeñan en el Servicio Central de Locomoción, dependiente del Departamento de Recursos Humanos y Materiales, comenzarán a desempeñar tareas en régimen permanente de seis días semanales de trabajo, percibiendo un porcentaje del 30% sobre el sueldo base: ...2
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Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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