Establécese como procedimiento de pago la asignación de una partida mensual que tendrá las características de entrega a cuenta con cargo a esta participación consistente en la cantidad que resulte de aplicar el 20% al sueldo básico de cada funcionario. Se le aplicará a esta entrega a cuenta el criterio de asistencia previsto en el artículo 5º inciso 2º (*) de esta resolución. El Escalafón Profesional A y B se regirá a los efectos de este artículo por el régimen especial previsto en el artículo 4º. (**) Al procederse a la liquidación semestral estas cantidades entregadas serán deducidas del pago que resulte de la participación.
Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
TOBEFU