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TOBEFU
Título IV
DE LAS COMISIONES. HONORARIOS. PARTICIPACIONES Y VIATICOS.
Capítulo X
De los Viáticos
 I. Viajes al Exterior

Artículo 200 ._

A los funcionarios de la Intendencia de Montevideo comisionados al exterior del país en misión de servicio, les corresponderá como máximo por cada día en que esté fuera del país, el viático diario correspondiente a la ciudad de destino, de acuerdo con la escala básica de viáticos de las Naciones Unidas publicado por el Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente a la fecha de la misión de servicio, menos el abatimiento determinado en el numeral 7 de la presente reglamentación.

FuenteObservaciones
num. 1
art. 1 de la reglamentación.
num. 1
art. 1 de la reglamentación.