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TOBEFU
Título V
DE LOS BENEFICIOS SOCIALES
Capítulo I
Del Seguro de Salud de los Funcionarios del Gobierno Departamental de Montevideo
 IV. De la Comisión Administradora del Seguro de Salud

Artículo 236 ._

Cada solicitud deberá venir acompañada:
A) de 3 presupuestos. Quedan exceptuados los tratamientos psicopedagógicos, psiquiátricos etc. donde la actuación profesional tenga especial importancia, o cuando resulte imposible el pedido de precios;
B) de la última liquidación de sueldos del funcionario solicitante;
C) del fundamento médico de la necesidad de la solicitud;
D) de una declaración jurada, donde conste:
a) nombre, cédula de identidad, domicilio y lugar de trabajo del solicitante;
b) breve descripción del motivo de la solicitud;
c) indicación precisa del beneficiario;
d) declaración de integración de su núcleo familiar;
e) declaración de ingresos de su núcleo familiar;
f) estado de situación patrimonial del funcionario y de las personas mayores de edad integrantes de su núcleo familiar (bienes inmuebles, vehículos, cuentas bancarias).

FuenteObservaciones
num. 1 art. 2
num. 1 art. 2