El funcionario deberá presentar el comprobante de haber realizado el gasto en la Unidad Beneficios Funcionales del Servicio de Liquidación de Haberes.
Constituirá falta pasible de sanción, la no presentación, o la presentación irregular o incompleta de la rendición de cuentas, así como toda adulteración que suponga una maniobra tendiente a la obtención indebida del beneficio que se reglamenta.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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TOBEFU
Título V
DE LOS BENEFICIOS SOCIALES
DE LOS BENEFICIOS SOCIALES
Capítulo I
Del Seguro de Salud de los Funcionarios del Gobierno Departamental de Montevideo
Del Seguro de Salud de los Funcionarios del Gobierno Departamental de Montevideo
IV. De la Comisión Administradora del Seguro de Salud
Artículo 241.1 ._
Fuente | Observaciones | |
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num. 1 art. 8 |