La Intendencia de Montevideo aportará el costo diferencial del 10% (diez por ciento), que surge de los precios de venta fijados en los Artículos 3º y 4º de la presente resolución (*), con cargo a Programa 0.30, Sub-Programa 0.33, Servicio 1.01 y Rubro 3.3.
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Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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