La Intendencia Municipal podrá aceptar la transferencia de la titularidad de un vehículo automotor a solicitud del vendedor o del promitente vendedor, liberando a éstos de su carácter de sujetos pasivos del tributo de Patente de Rodados mediante la presentación de documentos públicos, o privados con firmas certificadas por Escribano Público, que acrediten la venta o promesa de compraventa y la entrega del vehículo a favor del comprador o promitente comprador. Aceptada la transferencia se incorporará al adquirente como titular del automotor ante el Registro de Vehículos de la Intendencia Municipal de Montevideo y se procederá a emitir el tributo de Patente de Rodados a su nombre, incluyendo en la primera emisión posterior a la transferencia, la tasa por transferencia de titularidad de automotores.
        Back to top
                                
    
    
        
      
          
            
                    
                
    
  
      
          
            
                    
                    
  
      
          
            
                    
                    
  
      
          
            
                    
                    
  
      
          
            
                    
                    
  
      
          
            
                    
                    
  
      
          
        
        
        
        
        
                
                        
        
        
            
 
        
          
    
  
  
  
  
  
  
       
    La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
      Digesto Departamental
    
  
  
  
      
                                Volumen V Tránsito y Transporte
                        
                
                                Libro IV
Del tránsito público
                Del tránsito público
                                Parte Legislativa
                        
                
                                Título II
De la fiscalización administrativa sobre conductores y vehículos
                De la fiscalización administrativa sobre conductores y vehículos
                                Capítulo II
De los vehículos
                De los vehículos
                                Sección III
De la transferencia de vehículos
                De la transferencia de vehículos
                Artículo D.583.1 ._
        
        DEROGADO | Fuente | Observaciones | |
|---|---|---|
| art. 3 | ||
| art. 11 | 
                     Nota: 
  Este artículo fue derogado por Decreto JDM 30.666 de 22/03/04, art. 3.

