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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro IV
Del tránsito público
Parte Reglamentaria
Título IV
De las condiciones reglamentarias de los vehículos
Capítulo VI
Régimen de limitaciones a la circulación de vehículos de carga en el Departamento de Montevideo
Sección II
Peso máximo autorizado

Artículo R.424.86.2 ._

El presente Capítulo regirá exclusivamente para la circulación de vehículos de carga con un PBMA de hasta 45 (cuarenta y cinco) toneladas. Los vehículos de carga con un PBMA mayor a 45 (cuarenta y cinco) toneladas deberán solicitar autorización para circular, a la División Tránsito y Transporte de la I.M.

FuenteObservaciones
num. 1
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