En caso de denegación, se podrá solicitar una nueva revisación, luego de transcurrido un mes, cuando el interesado considere que han desaparecido o mejorado las causas inhabilitantes. En caso de una segunda denegación, se podrá solicitar una nueva revisación, luego de transcurridos tres meses. En caso de una tercera o ulteriores denegaciones, se podrá solicitar una nueva revisación, luego de transcurridos seis meses.
Cuando la denegación sea determinada por los profesionales actuantes en las instituciones habilitadas, el gestionante podrá solicitar una nueva revisación, la cual será realizada en las condiciones que se establezcan por parte del Servicio Contralor de Conductores.