A los efectos indicados en los artículos D.677 inciso 1 (b) y D.565 se establecen las especificaciones que se indican en los artículos siguientes para que un vehículo esté en condiciones de circular sin perjuicio del resto de las exigencias establecidas en dicho artículo.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental