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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro IV
Del tránsito público
Parte Reglamentaria
Título III
De los empadronamientos. Placas de prueba y demostración. Devolución de matrículas.
Capítulo IV
De las placas de demostración

Artículo R.424.42.8.1 ._

Las casas automotoras que tengan a la venta vehículos usados, podrán obtener placas de demostración, que se destinarán a efectuar las pruebas necesarias para la venta de dichas unidades, en las condiciones que se establecerán en los artículos siguientes.

FuenteObservaciones
num. 2