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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Reglamentaria
Capítulo I
Del transporte urbano de pasajeros
Sección III.1.3
De las solicitudes y permisos

Artículo R.433.21.8 ._

Las empresas publicistas interesadas, previo a la instalación de publicidad, deberán presentar a la División de Tránsito y Transporte una memoria descriptiva y gráficos del proyecto de publicidad a instalar. El proyecto se ajustará a la normativa vigente y a las sugerencias y limitaciones que el personal competente de la referida División establezca por razones técnicas, reglamentarias o de interés general.

FuenteObservaciones
num. 2
art. 8º de la Reglamentación