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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Reglamentaria
Capítulo I
Del transporte urbano de pasajeros
Sección VI
De los boletos
 De los boletos diferenciados

Artículo R.440 ._
DEJADO SIN EFECTO

Este artículo fue dejado sin efecto por Res. IMM Nº 1578/99, num. 4º.


Establecer, para mejor determinar las condiciones de aplicación de la tarifa diferenciada, la siguiente norma: Si en en el lugar indicado como límite no existe parada, el pasajero podrá llegar hasta la parada inmediata posterior, o iniciar su viaje desde la inmediata anterior, sin considerarse en tal caso el atravesamiento de un límite.

FuenteObservaciones
num. 4
num. 3