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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro IV
Del tránsito público
Parte Reglamentaria
Título II
Del Permiso Único Nacional de Conducir
Capítulo I
De los exámenes para obtener el Permiso Único Nacional de Conducir

Artículo R.424.16 ._

El examen práctico podrá rendirse con cualquier vehículo automotor que se ajuste a la categoría para la cual inició trámite el aspirante. Podrá rendirse el examen práctico con vehículos automotores con sistema de dirección por medio de volante y cambios automáticos, en cuyo caso el permiso resultante habilitará únicamente para conducir vehículos con transmisión automática, lo que quedará claramente establecido en el documento expedido.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
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art. 17