El interesado deberá abonar un costo de trámite por concepto de custodia y administración, de acuerdo a lo dispuesto por el art.13 del Decreto N° 30.094.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte
Libro IV
Del tránsito público
Del tránsito público
Parte Reglamentaria
Título III
De los empadronamientos. Placas de prueba y demostración. Devolución de matrículas.
De los empadronamientos. Placas de prueba y demostración. Devolución de matrículas.
Capítulo II
Del depósito de matrículas
Del depósito de matrículas
Artículo R.424.42.2 ._
DEJADO SIN EFECTO Este artículo fue dejado sin efecto por Res. IM Nº 2560/15 de 08/06/15, num. 1.
Fuente | Observaciones | |
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num. 1 | ||
num. 2 | ||
num. 3 | ||
num. 1 | art. 2º de la reglamentación del art. D.580 del Volumen V del Digesto Departamental. |