PLACAS DE DEMOSTRACIÓN. Las casas de venta de vehículos usados podrán obtener placas que llevarán inscrita la palabra “ Demostración” y el número de orden, que se destinarán a efectuar las pruebas necesarias para la venta de unidades en las condiciones que establezca la reglamentación. Dichas placas sólo podrán ser utilizadas en automotores usados empadronados en el departamento de Montevideo, para su circulación únicamente dentro de los límites, las que serán otorgadas por la División Tránsito y Transporte a través del Servicio de Contralor y Registro de Vehículos.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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