Los conductores de vehículos arrendados a dichas empresas deberán circular en posesión del contrato de arrendamiento donde deberá constar:
a- razón social y de vínculo constituido de la empresa en el Departamento;
b- nombre y apellido de arrendatarios, documento de identidad, licencia de conducir -vigente- y domicilio temporal o permanente;
c- matrícula, marca, modelo, año, No. de motor y padrón del vehículo;
d- validez de la contratación;
Sin perjuicio de ello cada vehículo dispondrá de una fotocopia de la libreta de circulación autenticada notarialmente.