Disposición Transitoria.- La Intendencia de Montevideo limitará la concesión de permisos para la explotación del servicio de academias de conducir cuando del estudio de la demanda surja la necesidad de su reducción. En todas los casos no previstos en esta Reglamentación, se estará a lo que resuelva la División Tránsito. Se concede un plazo de 12 (doce) meses contados a partir de dictada la Resolución que aprueba la presente reglamentación para que los permisarios, los instructores y los vehículos afectados al servicio se ajusten a lo dispuesto en la presente reglamentación.-
Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
Digesto Departamental