El Servicio de Contralor y Registro de Vehículos tendrá a su cargo el “Registro de Automotoras”, en el cual se inscribirán las casas automotoras aportando los siguientes datos:
a) denominación social o nombre comercial de la empresa;
b) nombre de los titulares o de los representantes en su caso;
c) designación de dos personas para realizar las demostraciones con los vehículos que están a la venta, quienes deberán poseer permiso de circulación habilitante expedido por la Intendencia de Montevideo.