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Volumen V Tránsito y Transporte
Libro IV
Del tránsito público
Título IV
De las condiciones reglamentarias de los vehículos
Capítulo IV
Otras disposiciones generales
Artículo R.424.79.5 ._
Se admitirán láminas de control solar en vidrios y parabrisas traseros, así como también en furgones y cajas de carga de graduación superior.
En caso de colocarse las mismas en parabrisas traseros se exigirá la instalación de espejos retrovisores a ambos lados del vehículo.