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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro IV
Del tránsito público
Parte Reglamentaria
Título IX
De las limitaciones y prohibiciones de estacionar
Capítulo I
De las limitaciones del tiempo de estacionamiento de vehículos en la vía pública. Del estacionamiento tarifado.

Artículo R.424.108.3.1 ._
DEJADO SIN EFECTO

Este artículo fue dejado sin efecto por Res. IM Nº 5624/14 de 15/12/14, num. 7º.


Al constatarse un vehículo en infracción perteneciente a una alquiladora, sin ticket o con ticket vencido, el inspector procederá a la aplicación de la multa más el 50% del valor de la tarifa de inmovilización correspondiente al concesionario, ordenando a su vez el bloqueo de una de las ruedas del vehículo. El usuario deberá realizar el procedimiento de pago de la multa más el medio servicio (50%) de la inmovilización a efectos de acceder a la desinmovilización del vehículo.

FuenteObservaciones
num. 7
num. 1