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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro IV
Del tránsito público
Parte Reglamentaria
Título V
De la circulación en casos especiales
Capítulo II
Del servicio especial de inspectores de tránsito

Artículo R.424.98.8 ._

La designación de los funcionarios Inspectores de Tránsito encargados de cumplir con la prestación contratada se hará de acuerdo al orden de procedencia que surja de los registros, no pudiendo superar la misma a las cien horas mensuales o treinta días consecutivos.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1