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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro IV
Del tránsito público
Parte Reglamentaria
Título X
De las obligaciones generales de los conductores
Capítulo I

Artículo R.424.151 ._

SANCIONES. Toda infracción a las disposiciones de este capítulo, será penalizada, según la gravedad y naturaleza del acto contravencional, con:

a) multa hasta por el máximo legal.

b) retención o decomiso del material en infracción.

c) suspensión de hasta 30 (treinta) días de la habilitación respectiva para comercializar o producir.

d) clausura del establecimiento del contumaz.

El Servicio Central de Inspección General y el Servicio de Vigilancia, exigirán el cumplimiento estricto de las normas del presente capítulo.

FuenteObservaciones
num. 7
num. 1
num. 2