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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Reglamentaria
Capítulo I
Del transporte urbano de pasajeros
Sección VI
De los boletos
 De los boletos diferenciados

Artículo R.442.18 ._

Las empresas CUTCSA Y COETC realizarán los acuerdos necesarios sobre horarios y su coordinación, frecuencias y demás aspectos de la organización del nuevo sistema de transporte zonal del que se trata, en coordinación con la División Tránsito y Transporte; ésta deberá implementar la presencia de Inspectores de la Intendencia del Transporte Público en la Terminal, que tendrán la función de controladores y reguladores del funcionamiento del nuevo sistema.

FuenteObservaciones
num. 1