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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Reglamentaria
Capítulo I
Del transporte urbano de pasajeros
Sección VI
De los boletos
 Sistema de transbordo Colón

Artículo R.442.31 ._

Habilitar el SISTEMA DE TRANSBORDO COLON, entre todas las líneas urbanas, (exceptuando las Diferenciales) de una misma empresa y/o de diferentes empresas, que sirven las paradas ubicadas en: la Av. Gral. Eugenio Garzón, sobre la Plaza Francisco Vidiella en sentido ascendente y la ubicada sobre la acera del Club A. Olimpia en sentido descendente.

FuenteObservaciones
num. 1