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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Reglamentaria
Capítulo I
Del transporte urbano de pasajeros
Sección VI
De los boletos
 De los estudiantes

Artículo R.449.2 ._

Tendrán derecho a la utilización de boletos bonificados, únicamente aquellos estudiantes cuya condición de tales esté acreditada por sus respectivos centro de enseñanza, en la forma establecida en el artículo que precede y que aquéllos estudiantes que resulten inscriptos en más de un centro de enseñanza, serán considerados en todos los casos, a los efectos de establecer su condición de beneficiarios, en la categoría de estudiantes que corresponda al centro de mayor nivel en el que se encuentren inscriptos.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 2
num. 1