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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Reglamentaria
Capítulo I
Del transporte urbano de pasajeros
Sección VI
De los boletos
 De los estudiantes

Artículo R.449.8 ._

El precio de venta del carné identificatorio, que incluirá como mínimo, foto del estudiante, identificación, número de cédula de identidad y fecha de emisión, será fijado y ajustado periódicamente por esta Intendencia a solicitud de las empresas permisarias. Asimismo esta Intendencia fijará el valor de las boleteras utilizadas a esos efectos.

FuenteObservaciones
num. 1