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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Reglamentaria
Capítulo I
Del transporte urbano de pasajeros
Sección VI
De los boletos
 De los funcionarios de la Dirección Nacional de Correos

Artículo R.459 ._

La Dirección Nacional de Correos remitirá anualmente la nómina del personal afectado a la labor de distribución de correspondencia, a los efectos de la expedición de los carnés de libre tránsito.
Dicha nómina además de nombres y apellidos, constará del número de cédula de identidad y se acompañará de la foto correspondiente.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
art. 7º de la reglamentación.