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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Reglamentaria
Capítulo II
Del servicio de ómnibus interdepartamentales
Sección I
De la Estación Central de Ómnibus interdepartamentales

Artículo R.472 ._

La Estación Central de Omnibuses formulará además, dos juegos de planillas, una correspondiente a la salida de los coches de la Estación con rumbo a su destino y otra relativa a la llegada de los mismos a la Estación en regreso del viaje efectuado.

En la planilla de salida se establecerá:
a) el destino o procedencia;
b) el kilometraje existente;
c) precio del pasaje;
d) hora de salida de uno u otro punto.

En la planilla de llegada deberá establecerse:
a) procedencia;
b) número del coche;
c) hora que corresponde a la llegada;
d) hora registrada (en que llega);
e) pasaje que transporta;
f) accidentes o anormalidades producidas en el viaje;
g) observaciones.

FuenteObservaciones