De surgir del informe del Servicio de Actividades Contenciosas que debería efectuarse un pago al tercero involucrado en el accidente, se elevarán las actuaciones al Director de División para su aprobación; de compartirse lo informado el Director de División devolverá el expediente a la Servicio de Actividades Contenciosas, la que dispondrá de un plazo máximo de diez días hábiles para el labrado de un acta en la que constará, entre otras cosas, la aceptación del particular al pago propuesto.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte
Libro V
Del transporte
Del transporte
Parte Reglamentaria
Título IV
De los vehículos departamentales
De los vehículos departamentales
Capítulo II
Del procedimiento a seguir en caso de accidente
Del procedimiento a seguir en caso de accidente
Artículo R.537.5 ._
DEJADO SIN EFECTO Este artículo fue dejado sin efecto por Res.IM nro. 1820/12 de fecha 07/05/12, num. 5.
Fuente | Observaciones | |
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num. 5 | ||
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