El Servicio Fúnebre y de Necrópolis perteneciente a la División Espacios Públicos y Edificaciones, actuará en forma independiente y bajo la jurisdicción del Departamento de Acondicionamiento Urbano.*
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental
Volumen VI Higiene y Asistencia Social
Parte Legislativa
Título IX
Del servicio fúnebre.
Del servicio fúnebre.
Capítulo II
Del servicio fúnebre de la Intendencia
Del servicio fúnebre de la Intendencia
Artículo D.2151 ._
| Fuente | Observaciones | |
|---|---|---|
art. 136 | Inc. 1 |
Nota:
*Por Resolución Nº 5360/22 del 23 de diciembre de 2022 pasa a depender de la División de Salud del Departamento de Desarollo Social.

