La fecha de duración mínima podrá omitirse en los siguientes casos:
- frutas y hortalizas frescas, incluidas las papas que no hayan sido peladas, cortadas o tratadas de otra forma análoga
- vinos, vinos de licor, vinos espumosos, vinos aromatizados, vinos de fruta y vinos espumosos de fruta
- bebidas alcohólicas que contengan 10% (v/v) o más de alcohol
- productos de panadería y pastelería que, por la naturaleza de su contenido, se consuman por lo general dentro de las 24 horas siguientes a su fabricación
- vinagre
- azúcar sólido
- productos de confitería consistentes en azúcares aromatizados y/o coloreados, tales como caramelos y pastillas
- goma de mascar
- sal de calidad alimentaria.