El registro bromatológico será otorgado por el Servicio de Regulación Alimentaria y será el que se utilizará en la formación del número de registro de alimentos.
La habilitación de cualquier empresa alimentaria debe ser solicitada por parte del titular de la empresa alimentaria o su representante legal.
El Servicio de Regulación Alimentaria podrá exigir la firma de un técnico responsable cuando en un caso particular y por razones fundadas, el Servicio lo entienda necesario para mejor proveer.