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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen VI Higiene y Asistencia Social

Parte Legislativa
Título II
Nota:

La mayoría de los artículos contenidos en el Título II fueron derogados por Dto. JDM Nro. 33.493 de fecha 30/08/10, art. 1, con excepción de los siguientes: D. 974 a D. 974.3, D. 1091.1 a D. 1091.8, D. 1467 y D. 1469 a D. 1471.3. Con posterioridad se incorporaron los artículos D.1521.1 a D.1521.6, D.1748.1 a D.1748.45 y D.1774.82 a D.1774.85, los que se hallan vigentes.
Por Res. IM Nro. 4531/10 de fecha 30/09/10, num 1º, se aplica el Reglamento Bromatológico Nacional, sin perjuicio de las excepciones y las normas complementarias y/o reglamentarias que al respecto se establezcan.

Capítulo XXIII
Sal, Condimentos, Salsas, Caldos y Sopas.(DEROGADO)
Sección III
Vinagre.
 Disposiciones generales para vinagre

Artículo D.1762.12 ._
DEROGADO

Se declaran ineptos para el consumo los vinagres:
a) que contengan ácidos minerales u orgánicos libres agregados;
b) que contengan materias colorantes salvo los tipos autorizados expresamente en este capítulo;
c) que contengan conservadores a excepción de los vinagres de vino o de sidra que podrá contener un remanente de anhídrido sulforoso combinado que puede contener la materia prima usada; en ningún caso podrán contener anhídrido sulfuroso libre;
d) que se hallen alterados por microorganismos invadidos por anguílulas o tengan olor o sabor extraño o desagradable;
e) adicionados de vinagres artificiales elaborados con ácido acético;
f) los que provengan de la acetificación de vinos adulterados y sub-productos mal envasados que los hagan impropios para la elaboración de vinagres;
g) los que contengan más de:
Sulfatos (como K2 S04)             2 gr./litro
Cloruros (como NaC1)               2 gr./litro
Cobre                                       10 mg./litro
Zinc                                          10 mg./litro
Arsénico, plomo, mercurio
y otros metales tóxicos,
respectivamente                        1 mg./litro

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
art. 665