Se permite la elaboración de salsas de tomates con diversos ingredientes complementarios (zanahorias, cebollas, ají, pimientos, hongos, carnes y derivados y otros).
La denominación «salsa de tomates» puede complementarse o sustituírse por otra denominación, de acuerdo a la forma de preparación y a los ingredientes que son tradicionales para cada una; pizzera, pomarola, bolognesa, matriciana y otras. No se permiten en estas salsas el agregado de aditivos conservadores o colorantes.