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Digesto Departamental
Volumen VI Higiene y Asistencia Social

Parte Legislativa
Título III
De los Mercados.
Capítulo III
De las ferias.
Sección II
Del funcionamiento.

Artículo D.1869 ._

El personal destinado a la manufactura, al expendio o al reparto (de sustancias alimenticias) cuidará su higiene personal, debiendo vestir ropas adecuadas en perfectas condiciones de limpieza.

FuenteObservaciones
art. 94