Los propietarios de hoteles, restaurantes, casas de comidas, pensiones y cafés, dotarán a esos establecimientos de toallas de papel o de tela, de color blanco.
Se permitirá el uso de toallas de papel aún cuando el color no sea absolutamente blanco, siempre que reúnan condiciones higiénicas y se adapten para el uso a que se les destina.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental
Volumen VI Higiene y Asistencia Social
Parte Legislativa
Título V
De la profilaxis y previsión.
De la profilaxis y previsión.
Capítulo II
De la Profilaxis en fábricas, depositos y expendios de sustancias alimenticias y bebidas.
De la Profilaxis en fábricas, depositos y expendios de sustancias alimenticias y bebidas.
Artículo D.1947 ._
Fuente | Observaciones | |
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art. 1 |