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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen VI Higiene y Asistencia Social

Parte Legislativa
Título V
De la profilaxis y previsión.
Capítulo IX
De los ruidos molestos.
Nota:

La Res. IM Nº 5201/12 de 26/11/12 reglamenta el Dto. JDM Nº 34.032 de 02/01/12 en cuanto al control, fizcalización, sanción y procedimiento de regularización ante la infracción, de lo dispuesto en los arts. D.2003, D.2007 y D.2008 del presente Capítulo.

Sección VI
De la comisión Técnica Asesora.

Artículo D.2015 ._

Créase una Comisión Técnica Asesora integrada por seis delegados de la Intendencia, un delegado del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, un delegado del Ministerio de Salud Pública; y, un delegado del Ministerio de Industria y Energía la cual, por iniciativa propia, a solicitud de las oficinas de la Intendencia competentes o la de Organismos Estatales, asesorará en todo lo que se refiere a problemas de aplicación del presente Capítulo y a eventuales casos no comprendidos en él.

FuenteObservaciones
art. 22 inc. 1