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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
Nota:

Por Res.IM Nº 4465/21 de fecha 23 de noviembre de 2021 se sustituyó el numeral 3.1.3 “Disposiciones Locativas”, del Capítulo 3 “De los servicios gastronómicos y plazas de comidas” de la mencionada regulación, habilitando nuevamente el funcionamiento de buffets y salad bars. También podrán contar con estos servicios los supermercados.

El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.

    


Libro XVI
Del Planeamiento de la Edificación
Parte Reglamentaria
Título V
Obras sanitarias
Capítulo I
De las obras sanitarias interiores por el régimen de bonos municipales

Artículo R.1696 ._
DEJADO SIN EFECTO

  Dejado sin efecto por Res.IM 1699/11 de fecha 12/04/11 num. 1.


La Comisión Honoraria será convocada, con los siguientes cometidos:
A) Actualizar los costos, semestralmente y toda vez que se constaten aumentos, de los precios de materiales o mano de obra. Dicha actualización se publicará en dos diarios de gran circulación en el Departamento de Montevideo, y a todos los efectos, la fecha de vigencia será la del día siguiente a la última publicación, con la sola excepción de casos especiales, debidamente fundamentados.
B) Proyectar y proponer a la Intendencia Municipal las modificaciones a las disposiciones vigentes, cuando lo considere necesario.
C) Asesorar a la Intendencia Municipal en todos los problemas que se susciten por la aplicación de las disposiciones vigentes.
D) Elevar anualmente a la Intendencia Municipal la información fundada acerca del funcionamiento del sistema de financiación para la ejecución de obras sanitarias internas, resultados obtenidos en su aplicación y proponer las modificaciones que considere conveniente o necesarias para su mejor cumplimiento. Para el mejor desempeño de sus cometidos, podrá requerir informe a todas las Oficinas Municipales que tengan intervención en la materia.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 14