La Comisión Honoraria será convocada, con los siguientes cometidos:
A) Actualizar los costos, semestralmente y toda vez que se constaten aumentos, de los precios de materiales o mano de obra. Dicha actualización se publicará en dos diarios de gran circulación en el Departamento de Montevideo, y a todos los efectos, la fecha de vigencia será la del día siguiente a la última publicación, con la sola excepción de casos especiales, debidamente fundamentados.
B) Proyectar y proponer a la Intendencia Municipal las modificaciones a las disposiciones vigentes, cuando lo considere necesario.
C) Asesorar a la Intendencia Municipal en todos los problemas que se susciten por la aplicación de las disposiciones vigentes.
D) Elevar anualmente a la Intendencia Municipal la información fundada acerca del funcionamiento del sistema de financiación para la ejecución de obras sanitarias internas, resultados obtenidos en su aplicación y proponer las modificaciones que considere conveniente o necesarias para su mejor cumplimiento. Para el mejor desempeño de sus cometidos, podrá requerir informe a todas las Oficinas Municipales que tengan intervención en la materia.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
Por Res.IM Nº 4465/21 de fecha 23 de noviembre de 2021 se sustituyó el numeral 3.1.3 “Disposiciones Locativas”, del Capítulo 3 “De los servicios gastronómicos y plazas de comidas” de la mencionada regulación, habilitando nuevamente el funcionamiento de buffets y salad bars. También podrán contar con estos servicios los supermercados.
El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.
Del Planeamiento de la Edificación
Obras sanitarias
De las obras sanitarias interiores por el régimen de bonos municipales
Dejado sin efecto por Res.IM 1699/11 de fecha 12/04/11 num. 1.
Fuente | Observaciones | |
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