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Digesto Departamental
Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
Nota:

Por Res.IM Nº 4465/21 de fecha 23 de noviembre de 2021 se sustituyó el numeral 3.1.3 “Disposiciones Locativas”, del Capítulo 3 “De los servicios gastronómicos y plazas de comidas” de la mencionada regulación, habilitando nuevamente el funcionamiento de buffets y salad bars. También podrán contar con estos servicios los supermercados.

El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.

    


Libro XV
Planeamiento de la Edificación.
Nota:

Por Res. IM Nº 3069/21 de fecha 19 de agosto de 2021 se dejan sin efecto las resoluciones IM Nros. 1350/20 de 17 de marzo de 2020, 2425/20 de 3 de julio de 2020 y 2972/21 de 16 de agosto de 2021, aplicándose  una nueva regulación para el funcionamiento de locales comerciales con destino a espectáculos públicos, fiestas y eventos sociales, alojamientos y locales gastronómicos con acceso al público mientras se encuentre vigente la emergencia sanitaria por Covid-19.

Por Res.IM Nº 4465/21 de 23/11/2021, num. 1º se sustituyó el numeral 3.1.3 "Disposiciones locativas" del Capítulo 3 "De los servicios gastronómicos y plazas de comidas", de la regulación para el funcionamiento de locales comerciales con destino a espectáculos públicos, fiestas y eventos sociales, alojamientos y locales gastronómicos con acceso al público, mientras se encuentre vigente la emergencia sanitaria por el COVID-19.

Parte Legislativa
Título IX
Normas para los Acondicionamientos
Capítulo IV
Obras Sanitarias Internas
Sección XI
Inspecciones, pruebas y mantenimiento

Artículo D.4403 ._
DEROGADO

Este artículo fue derogado tácitamente por Dto. JDM 32.952 de 02/06/09, art. 3º. 


Distribución de las inspecciones. De las cuatro inspecciones a que se refiere el artículo anterior, las tres primeras se harán dentro de las siguientes partidas y de acuerdo al desarrollo de las obras.
1. Zanjas, materiales, niveles; 2. Hormigones; 3. Fondos de cámaras; 4. Cámaras de rústico; 5. Primera prueba hidráulica C.P.S.; 6. Primera prueba hidráulica de ramales; 7. Pasada de tapón; 8. Cámaras, piletas de patio y bocas de desagüe ter minadas; 9. Segunda prueba hidráulica C.P.S.; 10. Pasada de bola; 11. Prueba hidráulica de cañerías verticales; 12. Desagüe de inodoros bajos; 13. Desagües inodoros altos; 14. Desagüe de bañeras; 15. Desagüe de lavatorios; 16. Desagüe de bidets; 17. Desagüe de pisos; 18. Desagüe de piletas de cocina e interceptores; 19. Desagüe de piletas de lavar; 20. Unión y apoyo de los artefactos; 21. Prueba de humo; 22. Ventilación de la cañería principal; 23. Ventilación de los ramales; 24. Ventilación de las cañerías secundarias; 25. Revestimientos; 26. Disposición de las cañerías de agua potable; 27. Materiales, diámetros, uniones; 28. Canillas, llaves de paso, etc.; 29. Tanques de reserva de agua e intermediarios, etc.; 30. Pruebas hidráulicas de cañería de agua.
La cuarta inspección o inspección final, consistirá en la revisación y funcionamiento de todas las instalaciones sanitarias.

FuenteObservaciones
art. 3
art. 158
Nota:

Ver Art. R.1727.1 y R.1727.2