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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
Nota:

Por Decreto JDM Nº 39.038 de fecha 07.04.2025, se prohíbe la instalación en fachadas, cercos, cerramientos, límites o estructuras de cualquier tipo, de elementos físicos ubicados en inmuebles de dominio de particulares o del dominio privado del Estado, que representen riesgos significativos para la integridad de las personas que transiten o hagan uso de la vía pública, espacio público o de espacios de propiedad privada de particulares o del Estado, cuando estos tengan acceso directo desde el espacio público, y/o estén librados al uso público (“arquitectura hostil”).

La reglamentación podrá establecer los elementos cuya instalación, ya sea por su diseño, ubicación, altura, composición o, en general, por cualquier característica, supongan un riesgo significativo para la integridad física de las personas.

Sin perjuicio de lo anterior, declárase que tienen dicho carácter aquellos que sean punzantes y/o cortantes de acuerdo a la reglamentación referida, con características que supongan un riesgo significativo para la integridad física de las personas.

En todos los casos en que se constaten transgresiones a esta prohibición, la Intendencia de Montevideo podrá intimar el retiro de los elementos, quedando facultada, en caso de incumplimiento, para proceder al retiro o a su adecuación, según corresponda.

El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.

    


Libro XV
Planeamiento de la Edificación.
Nota:

Por Res.IM Nº 4465/21 de 23/11/2021, num. 1º se sustituyó el numeral 3.1.3 "Disposiciones locativas" del Capítulo 3 "De los servicios gastronómicos y plazas de comidas", de la regulación para el funcionamiento de locales comerciales con destino a espectáculos públicos, fiestas y eventos sociales, alojamientos y locales gastronómicos con acceso al público, mientras se encuentre vigente la emergencia sanitaria por el COVID-19.

Parte Legislativa
Título IX
Normas para los Acondicionamientos
Capítulo II
De las instalaciones mecánicas

Artículo D.4234 ._

Las infracciones a las presentes disposiciones serán penadas con las multas que fije el Régimen Punitivo Departamental.
CARACTERISTICAS DE LOS FORMULARIOS QUE SE MENCIONAN EN EL ART. D. 4219
Formulario 1
Montevideo,............................................
Señor Director del Servicio de Instalaciones
Mecánicas y Eléctricas
La firma........................................
con domicilio en...........
solicita autorización para (instalar - ampliar y habilitar) sus equipos mecánicos en el establecimiento industrial cuyas referencias son las siguientes:
Ubicación: Calle........entre............Nº.......
Padrón Nº.........Secc.Jud.............
Secc. Policial...... Inmueble propio o arrendado..............................
Industria: Destinada a............................
Nº Insc. D. Impositiva.................
Materia prima...... Area ocupada en m2...
Proceso industrial.....................
Productos elaborados...................
Cantidad de operarios...........
Turnos................ Cantidad de empleados.................................
Depósito de combustible (clase, cantidad, número de tanques, volúmenes)...................................
Local para depósito de inflamables............... (área, clase de inflamables)......
Extintores (cantidad y marca) Matrículas Nros.........................Otros elementos de prevención contra el fuego.........................
En el proceso industrial se producen ruidos, vibraciones, olores, vapores, gases, humos, dispersiones ......................adoptándose las siguientes medidas (describirlas)........................................
Potencia mecánica total..............................HP Potencia térmica total...............................HP Potencia total instalada.............................HP Características particulares de la industria...............................................
Excepciones que se solicitan..........................
Se adjuntan...............................formularios.
                                                                                                        Propietario............
                                                          Técnico................

Esquema de distribución de instalaciones mecánicas.
Planta: ....................................................................................................................
 

                              
                              
                              
                              
                              
                              
                              
                              
                              
                              
                              


(Croquizar los locales según pautado, indicando los equipos instalados por un número de orden. Se señalarán las ventilaciones por su ubicación y dimensión numérica).

PLANILLA DE INSTALACIONES
             MECANICAS

Equipos NºDescriptoresPotenciaObservaciones
    
                                 Total  

                                                                                      
  

FuenteObservaciones
art. 18