PLAZOS.
Es el tiempo que transcurre entre el inicio de la gestión y la notificación de aprobación por parte de la oficina correspondiente.
PLAZO INTERNO
Aplica a las gestiones que refieren a: Fases A, Viabilidades de Uso y de Estudios de Impacto, Fases B (B, B1 y B2) y Fases C (C, BC, B1C y B2C).
Cuando se cumple con la normativa urbana y la normativa de higiene y habitabilidad de la vivienda, el plazo máximo desde su inicio para su resolución será de 60 (sesenta) días calendario siempre que no implique estudio de tolerancias y/o modificaciones, consultas o gestiones fuera de la oficina competente y en las que no sean necesarias la realización de consultas por incongruencias normativas.
Cuando se solicitan tolerancias o modificaciones que puedan resolverse a nivel de la Unidad o Servicio donde se tramita la gestión, el plazo máximo será de 120 (ciento veinte) días calendario y cuando sean elevadas a resolución de División, Gerencia o Departamento, el plazo será de 180 (ciento ochenta) días calendario.
Se excluyen tiempos que requieran resoluciones superiores a estos niveles. También se excluyen los tiempos no imputables a la oficina donde se gestiona el trámite.
Reválidas de cualquiera de los trámites indicados, el plazo máximo para su expedición será de 30 (treinta) días calendario.
PLAZO DE RESPUESTA
Cada servicio o unidad debe establecer en sus manuales de procedimientos internos los plazos a otorgar en función de la tipología y complejidad del trámite, así como el resultado final del expediente en caso de incumplimiento.