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Digesto Departamental
Volumen II Procedimiento.Competencia

Libro I
De la organización y de la competencia
Parte Reglamentaria
Título II
De la competencia de los órganos de la Intendencia
Capítulo I
De los cometidos de los órganos ejecutivos y de sus dependencias

Artículo R.19.32 ._
DEJADO SIN EFECTO

 Dejado sin efecto por Res. IM 461/ 11 num. 2 de fecha 31/01/11.


Al Departamento de Descentralización compete:
1- Contribuir a profundizar el proceso de democratización de la vida social, política y económica de Montevideo, impulsando las transformaciones que amplían el campo de derechos y libertades de los ciudadanos y los procesos de inclusión social y el combate a la pobreza.
2- Trabajar en coordinación permanente con el Departamento de Planificación para articular eficazmente las políticas de las áreas central y descentralizada, en función de una gestión municipal única y con fuerte sustento descentralizado - participativo.
3- Dirigir y supervisar el proceso gradual de descentralización política y desconcentración de servicios a la comunidad así como de programas sociales, culturales y de promoción de la participación social en la gestión municipal.
4- Fortalecer el Sistema Descentralizado - Participativo de Montevideo, con la gestión transparente y eficiente de las Regiones, Servicios y programas descentralizados.
5- Asegurar la atención sensible a los requerimientos de la comunidad, la promoción de la participación social autónoma en el proceso de formulación y control de programas propios del sistema administrativo municipal, el apoyo a los diversos procesos sociales de creación de ciudadanías y la realización de acciones de comunicación orientadas a informar y sensibilizar a la población para la participación social en el ejercicio de derechos y deberes ciudadanos.
6- Capacitar a los trabajadores municipales del Departamento de Descentralización, así como a los Concejales Vecinales y Ediles Locales en materia de Descentralización.
7- Brindar apoyo a los Concejos Vecinales, en la mejora de las condiciones materiales para su funcionamiento, en los flujos de información y en la capacitación para el ejercicio de sus competencias.
8- Apoyar a la sociedad civil en el desarrollo de capacidades para elaborar y generar políticas públicas vinculadas al territorio y a crear ámbitos específicos para su realización con los diversos actores del sector público.
9- Promover iniciativas que permitan diversificar las oportunidades participativas de los montevideanos y su involucramiento creativo en los asuntos comunitarios.
10- En el marco de la política de cooperación público-privada suscribir convenios con los vecinos de la ciudad, grupos vecinales organizados, organizaciones no gubernamentales y otras instituciones a fin de obtener mejoras que redunden en beneficio de las sociedades locales.
11- Actuar en la mediación de los conflictos locales referidos a relaciones de competencia entre los órganos locales y entre ellos y el área central municipal.
12- Contribuir a la construcción de espacios de coordinación y cooperación entre el gobierno de Montevideo, los gobiernos departamentales del país y el gobierno nacional.
13- En coordinación con el Departamento de Planificación:
a) Generar mecanismos y procedimientos que permitan articular la gestión municipal entre las áreas central y la descentralizada - participativa, en el diseño y la ejecución de las diversas políticas municipales, asegurando que estas integren las iniciativas y requerimientos del Sistema Descentralizado Participativo y que su gestión en el territorio sea sinérgica con las estrategias de promoción de la participación social. Contribuir a desarrollar mecanismos de seguimiento.
b) Control y evaluación de la ejecución en el territorio de las diversas políticas municipales.
c) Promover la coordinación de los diversos ámbitos de participación y relacionamiento entre la IMM y los vecinos de Montevideo, que se generan desde la Institución, en el marco de los programas municipales y promover nuevas iniciativas convocantes de sectores sociales no interesados de participar hoy ni en los espacios ni en los contenidos definidos.
d) Contribuir al desarrollo del Proceso de Definición de los Compromisos De Gestión (Presupuesto Participativo de Montevideo).
e) Desde la conducción del proceso de la planificación estratégica zonal, (Plaedez), su articulación con los diversos niveles de planificación municipal.
14-  Organizar y gestionar con las Regiones el fondo de recursos para proyectos de interés local.
15- Apoyar a las regiones, en lo referente al trabajo integrado entre sociedad civil, trabajadores municipales y órgano político zonal. Apoyar y asegurar el funcionamiento permanente de los EPZ (Equipo de Planificación Zonal).
16- Coordinar con las Regiones, el apoyo a los Concejos Vecinales, en la mejora de las condiciones materiales para su funcionamiento, en los flujos de la información y en la capacitación para el ejercicio de sus competencias.
17- Coordinar, en su momento, los programas institucionales de apoyo a las elecciones de Concejos Vecinales.
18- Actuando con Prensa y Comunicación:
a) Coordinar la producción de información y de acciones de comunicación que se generan desde las áreas centrales con destino a las zonas y el uso de los medios y espacios de comunicación institucionales por parte de los actores zonales.
b) Apoyar a los sistemas descentralizados para la realización de acciones de comunicación propias, y el desarrollo de los medios de comunicación barriales.
19- Impulsar la capacitación, el acceso y manejo de las nuevas tecnologías de la información (NTIC) por parte de los actores zonales y su empleo al servicio de la inclusión social y el combate a la pobreza.
20- Con el Instituto de Estudios Municipales:
a) Colaborar en el diseño de los programas de capacitación para la descentralización dirigidos a los gobernantes locales, sociedad civil, funcionarios municipales y gobierno municipal.
b) Impulsar la creación de una "Comisión de Estudios de la Descentralización Participativa", la que integrará.

FuenteObservaciones
num. 2
num. 3
num. 2
Viene de R. 19. 6.
num. 2
Viene de R. 19. 6.
num. 1
R. 19. 6 nums, 2, 6, y 7.