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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen II Procedimiento.Competencia

Libro II
Del procedimiento
Parte Reglamentaria
Título II
Del procedimiento disciplinario
Capítulo I
De los sumarios e investigaciones administrativas

Artículo R.125 ._
DEJADO SIN EFECTO

En todos los casos, la denuncia, con la información de urgencia, deberá ser puesta en conocimiento del jerarca del Servicio en forma inmediata, quien a su vez la elevará sin dilación al Director de División.

FuenteObservaciones
num. 7
num. 3
num. 5
num. 1
num. 3
num. 10